Este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS JULIO LOPEZ MILLAN, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.237, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre el 10 de enero de 2019, TERCERO: REMITASE la causa en su oportunidad legal al Juzgado de Origen. PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los nueve (09) días del mes de abril del año dos mil diecinueve (2019), Años 208° de la Ind.....