En atención a los motivos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio contentivo de la pretensión MERO DECLARATIVA DE ESTADO DE CONCUBINA, seguida por la ciudadana Rosa Maria Ortiz, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.873.287, contra la ciudadana Rosa Elena Montes Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.539.680, respectivamente. Así se decide.