En consecuencia, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Dejar sin Efecto la Orden de Aprehensión librada en contra del ciudadano XXXXXXX, venezolano, nacido en fecha 25/10/1.994, de 20 años de edad, adolescente para el momento en que se comete el hecho imputado, titular de la cédula de identidad Nº V-XXXXXX, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Edgar José Bastardo Núñez y Sandra Álvarez de Bastardo, residenciado en XXXXXXXX, en fecha 28 de Noviembre del año 2013, por el Tribunal, para garantizar el curso normal del proceso, por lo que entiende este juzgador que hubo un error involuntario, y que tácitamente la misma quedo sin efecto. En consecuencia se le Restituye su LIBERTAD y se ordena librar de manera inmediata Boleta de L.....