Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión - Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los imputados Luis Franco Geibol, Jairo Antonio Gallardo Rodríguez y Luisa del Valle Alcalá González, en virtud de habérsele acordado Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con los artículos 256 ordinal 3°; debiendo presentarse cada ocho (8) días por un lapso de seis (6) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad. Asimismo, el procedimiento a aplicar es el procedimiento ordinario y se califica la aprehensión como Flagrante. Se acuerdan l.....