Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano; Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda la juramentación de la Abg. LOVELIA CRISTINA MARCANO MUÑOZ, previamente identificada, como Defensora Privada de los adolescentes OMISSIS (varios), a quienes se le aperturó averiguación N° 19F0619-2C-DPIF-F6-0023-2012, por la presunta comisión de uno de los delitos contenidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DANILIS DEL VALLE MARCANO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 654 y 657 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, se ordena notificar a la ciudadana abogada Lovelia Cristina Marcano Muñoz, a fin de que comparezca en horas de despacho por ante este Tribunal del Circuito J.....