este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: GUSTAVO GAVILÁN ANDRÉS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.9.275.918, domiciliado en la Avenida Gran Mariscal, Residencias "AURI", Piso 3, Apto 3-A, Cumaná, Estado Sucre, y LUZ MARVELLA VALERA GIMON, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.830.454, domiciliada Avenida Gran Mariscal, Residencias "AURI", Piso 3, Apto 3-A, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 20 de fecha el día catorce (14) de febrero del año mil novecientos noven.....