En merito de las razones de hecho y derecho procedente explanadas, este Tribunal de Protección Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la MEDIDA DE PROTECCIÓN EN COLOCACIÓN EN FAMILIA DE ORIGEN del niño, a la ciudadana ISABEL CRISTINA TINEO SERPA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 4.949.787, domiciliada en Playa Grande Urbanización Agustín Ortiz Rodríguez, calle 11, casa N° 05, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de conformidad con los artículos 394, 395 y 396 de la LOPNA.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Nueve (09) días del mes de Marzo del Dos mil Cinco.