Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la sociedad mercantil denominada ALIMENTOS OMEGA 3, CA, parte demandada recurrente; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha seis (6) de Diciembre de dos mil dieciséis ( 2016), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre Extensión Carúpano; TERCERO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Estado Sucre Extensión Carúpano, a los fines legales consiguiente.,
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PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA FOTOSTÁTICA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, Firmada, Sellada en el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción J.....