DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra del imputado: ELOY ALEXANDER NUÑEZ DIAZ, Venezolano, natural de Carúpano, de 41 Años de edad, , de profesión u oficio albañil, Titular de la cedula de Identidad Nº 14.717.285, fecha de nacimiento 10/05/1974, hijo de Odans Díaz y Eloy Núñez, residenciado en el Rincón, Calle Ayacucho, Casa al final S/N, Municipio Benítez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el Control y Desarme de Armas y Municiones, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo contemplado en el .....