en consecuencia este Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ratifica la orden de detención librada en fecha en fecha 16 de julio del 2004 y que cursa a la presente causa.-Líbrese ratificación de orden de aprehensión y Oficio al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas sub.-Delegación estadal Carúpano, a fin de que de cumplimiento a la presente orden.-