Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana CARMEN JULIA LANZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.576.908, contra el ciudadano LUIS VICGRENI GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 12.662.043, en consecuencia, deberá imperativamente cumplir como aporte por concepto de obligación alimentaría y demás beneficios para contribuir a la satisfacción de las necesidades de su hija, antes identificada, lo siguiente:
PRIMERO: El progenitor demandado, ciudadano LUIS VICGRENI GONZALEZ, deberá aportar para contribuir a la cobertura de la obligación alimentaría mensual de su hija LUIDRIANNYS DEL VALLE, la cantidad de ciento dos mil cuatrocientos setenta bolívares (Bs 102.470,oo) mensuales, que representa el equivalente al veinte por ciento (20%) siendo actualmente el salario mensual la cant.....