Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por el abogado FREDDY´S JOSÉ PERDOMO SIERRALTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.847.819, actuando con el carácter de Juez Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RP01-P-2005-008839, seguida a los ciudadanos WILMAN JOSÉ MAYS DURAN, CARLOS EDUARDO SOTILLO GARCÍA, YORMY ACEVEDO y WILLIAN JOSÉ MAGO GUEVARA por los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO Y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERACIÓN INMEDIATA en perjuicio de MISIÓN SOCIAL BARRIO ADENTRO, JOSÉ ANTONIO YENDIZ COVA y ROMULO MILLÁN RINCONES, conforme a los numerales 7 y 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Pe.....