este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: RODOLFO JAVIER GONZÁLEZ VIÑOLEZ, de nacionalidad venezolana Natural de la Esmeralda, Municipio Ribero- Estado Sucre donde nació el día 11-05-83, de 27 años, soltero, pescador, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.396.879, hijo de Higinio Gonzáles y Olga Viñoles y residenciado en vivienda sin número ubicada en la calle La Escuela cruce con la calle La Juventud, cerca de la unidad educativa Bolivariana de Venezuela, la esmeralda, Estado Sucre, actualmente recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre, por el lapso de DOS (2) AÑOS, SIETE (7).....