Se declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones para asegurarles, los solicitantes ciudadanos: Evelyn José Figueras Fuentes y Cindy Carolina Cedeño González, Casados, titulares de la cédula de identidad Nro. V-19.124.093 y V-17.695.085. el derecho de propiedad sobre una bienechurías construidas en una parcela de terreno de Propiedad Municipal, la cual abarca una superficie total de Dociento Ochenta y Ocho metros Cuadrados (288.00 mts.2) ubicada en la Calle Ricaurte, Casa S/N, Sector Guarama El Medio, Parroquia Güiria, Municipio Bolivariano de Valdez del Estado Sucre, cuyas medidas y linderos son los siguientes: Norte: En veinticuatro metros (24,00 Mts). Colindando con una parcela de Terreno Municipal; Sur: En veinticuatro metros (24.00 Mts) Con casa que es de la Sra. Yelitza Timaure; Este: En Doce Metros (12.00 Mts )que es su frente con la calle Ricaurte; y Oeste: En doce (12.00 Mts )colindando con la finca del Sr. Luis María Caraballo