En consecuencia sobre la argumentación antes señaladas supra, Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a PRIMERO: CONDENAR: al ciudadano: JOSE GREGORIO LUGO BLANCO, quien dijo ser venezolano, Natural de La Guaira, de 29 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 16.726.801 ...