este Tribunal Segundo en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, confirma la Medida de Protección, a favor de la víctima Carmen Teresa Goitía, contra el imputado HÉCTOR RAFAEL GOITÍA, venezolano, de 45 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 10.292.805, natural de Cumaná, nacido en fecha 25-05-62, de oficio albañil, soltero, hijo de Francisco León y Antonia Goitía, residenciado en Nurucual, sector Charal, casa S/N°, cerca de la bodega del señor Delfín Goitía, Municipio Raúl Leoni del Estado Sucre; la cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN TERESA GOITÍA; de conformidad con lo establecido en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistente.....