Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Con Sede Cumaná, Actuando En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Declara Con Lugar La Solicitud Fiscal De Libertad Plena a favor del ciudadano JHOAN DANIEL PEROZO PIÑA, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.300.807, fecha de nacimiento 31-10-1978, residenciado en el Sector La haciendita, calle la haciendita, casa N° 18 de Valle de la Pascua, Estado Guarico. Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada al mencionado imputado librándose oficio a SIPOL para que retire de ese sistema el nombre y numero de cedula del referido imputado. Se expiden copia simple del acta a las partes asimismo se expide copia certificada al imputado. Líbrese boleta de libertad con oficio a la comandancia de policía. Quedan los presentes debidamente notificados de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Pen.....