Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara, PRIMERO: SE ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada NORELIS DEL VALLE AMARGURA TINEO, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano REIMUNDO JOSÉ RAMÍREZ AZÓCAR, contra la Sentencia Definitiva de fecha 07/08/2012, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual declaró DESISTIDA LA PRESENTE CAUSA, seguida a la ciudadana MARIA DE LOURDES CRESPO DE FLORES, acusada de autos y titular de la cédula de identidad número 5.095.037, por el delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano REIMUNDO JOSÉ RAMÍREZ, SEGUNDO: Se Fija la AUDIENCIA ORAL para el día Diecisiete (17) DE OCTUBRE DE D.....