Vistas las declaraciones rendidas por los testigos promovidos por la solicitante, mientras nohaya oposición en contrario,dejando a salvolos derechos que puedan corresponder a terceros y conforme alo dispuesto en los artículos 396 y 397 del Código de Procedimiento Civil, se decretó título Suficiente de propiedad sobre el inmueble descrito en la solicitud, a nombre de la ciudadana: Jhasnifer Matilde Campos Velasquez.