Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al penado NIXON NICOLAS PATINEZ SANCHEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.311.037, nacido en fecha 06/12/1972, de 37 años de edad, por cumplimiento definitivo de la pena impuesta. Ofíciese al director del Internado Judicial de esta ciudad, remitiendo boleta de libertad a favor del penado NIXON NICOLAS PATINEZ SANCHEZ.