Este tribunal visto de que se trata de una demanda por indemnización de accidentes de trabajo, y el solicitante de la medida no aportó medios de prueba fundamentando la solicitud de las medidas sin demostrar la situación de que pudiere quedar ilusoria la ejecución del fallo, aun mas cuando se verifica que la demandada es un a empresa de arraigo en la zona , asi mismo que ha venido compareciendo a los procesos quetiene ante este Circuito laboral y aun mas poniendo de relieve su disposición de utilizar los medios de autocomposición procesal anexando transacción celebrada ante el Tribunal segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del este estado , en consecuencia este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución que por cuanto no están llenos los extremos exigidos por el artículo 585 del código de procedimiento civil , NIEGA la medida preventiva solicitada por la parte demandante. Y ASÍ SE DECIDE. PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y s.....