Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por INDEMNIZACION DE DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO fue incoada por el ciudadano RUBEN DARIO CASTILLO BASTARDO quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.687.528, y de este domicilio, representado judicialmente por los Abogados en ejercicio ANTONIO CASTILLO BASTARDO y JOSE ALBERTO LARES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 93.232 Y 111.845, respectivamente; representación ésta que consta de Instrumento Poder anexado al libelo, marcado con la letra "A", en contra de la Empresa SERVICIO DE TRANSPORTE SANCHEZ C.A. y el ciudadano AMADOR DEL VALLE GOMEZ.