Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO.- Se abre la correspondiente averiguación Sumaria, para constatar, si los ciudadanos Eduardo Antonio González, Gregol Jesús Ramos Alzolar, Diego Arcia y José Felíx Ortiz; fueron privados de la libertad, por funcionarios adscritos al 742 Batallón de Reserva, sitio de Cumaná, popularmente conocido como el Cuartel de esta ciudad, ubicado en Av. Arismendis, sector las cuatro esquina, Cumaná, bajo ordenes del Capitán Araujo. SEGUNDO: Se acuerda OFICIAR al CAPITÁN ARAUJO, adscrito al 742 Batallón de Reserva, de conformidad al articulo artículo 41 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a fin de que informe a este Tribunal, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, contados a partir de la notificación respectiva, sobre los motivos de la privación o restricción de la Liber.....