Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ZIAD HARB, titular de la cédula de identidad número: 23.584.928, asistido por el abogado Armando Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 43.010, y CONFIRMADA la apelada sentencia definitiva de fecha 24 de enero de 2007, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial. En consecuencia: SE CONDENA al ciudadano ZIAD HARB, titular de la cédula de identidad número: 23.584.928, a:
Primero: DESALOJAR dentro de un plazo improrrogable de seis (6), meses para entregar materialmente a sus propietarias, libre.....