Por los argumentos antes expuestos, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- INADMISIBLE el Amparo Cautelar de suspensión de efectos, solicitado por la sociedad mercantil LACTEOS LOS ANDES, C.A, en contra de la Providencia Administrativa signada con el N° 117-2015 de fecha 22 de Mayo de 2015, correspondiente al expediente Nº 021-2014-01-00889, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en la cual se ordena a la demandada LACTEOS LOS ANDES, C.A, el reenganche con el consecuente pago de los salarios y beneficios laborales dejados de percibir.
2.- SIN LUGAR la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, propuesta por la sociedad mercantil LACTEOS LOS ANDES, C.A, en contra de la Providencia Administrativa signada con el N°117-2015 de fecha 22 de Mayo de 2015, correspondien.....