Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por diferencia de prestaciones sociales interpuso la ciudadana MARIA TERESA LUCART SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.053.966, contra el grupo de empresa ADMI-CARIPE, C.A, MULTICABLE, C.A, CARLOS ALBERTO NUÑEZ PEREZ, SERVIRED, C.A, SAN-ANT EXPRESSA, C.A, SERVICABLE, C.A, TRANSCABLE, C.A y TV CABLE. COM, C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que arroje la experticia complementaria del fallo por los conceptos condenados y determinados en el cuerpo de esta sentencia. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO
TERCERO: No hay especial condenatorias en costas de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por vencimiento reciproco de las partes .
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