administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA PROCEDENTE el beneficio de ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN ABIERTO, al penado. Carmelo de Jesús Rojas Titular de la Cedula de Identidad N°-6.643.525.