DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la Querella interpuesta por la ciudadana Amada Bello, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.880.626, interpuso por ante el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental Querella Funcionarial, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.