Por recibido el presente expediente emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por Declinación de la Competencia. El Tribunal le da entrada y el curso legal correspondiente y por cuanto se observa, que el presente Juicio es una demanda de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, correspondiendo del conocimiento de la misma, al Juzgado del Municipio con sede en el lugar donde se hubiere expedido la referida partida, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que no tiene competencia para conocer de la presente causa y ordena remitirlo al Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en la ciudad de G.....