Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, el Recurso de apelación ejercido por los ciudadanos JUAN NAPOLEÓN LEON Y ADA MAGALYS CORDOVA DE LEON, contra la decisión dictada en fecha 21 de Octubre de 2011 por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmeron Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: se CONFIRMA, en toda y cada una de sus partes la sentencia de fecha 21 de Octubre de 2011 dictada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmeron Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
TERCERO: se CONDENA en costas a la parte apelante de conformidad con el articulo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se deja expresa constancia que la presente decisión ha sido dictada dentro del.....