razón por la cual, de conformidad con lo previsto en el artículo 87 del código orgánico procesal penal, procedo a plantear mi inhibición obligatoria fundada en las causales previstas en los numerales 7 y 8 del artículo 86 del referido cuerpo adjetivo penal, es decir Haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella y causas que afectan la Imparcialidad y en consecuencia se ordena redistribuir la presente causa a los fines de evitar la paralización de la misma que se traduzca en retraso perjudicial para el imputado, tal y como prevee el artículo 94 del código orgánico procesal penal, así como la remisión de la presente inhibición junto con los respectivos soporte,(Acta de audiencia de presentación de Imputado, Auto de Privación Judicial Preventiva de Libertad, Acta de reconstrucción de los hechos y acta y resolución correspondiente a la audiencia de prorroga),a la corte de apelaciones de este circuito judicial a los fines de la resolución de la misma, de conformidad con lo prev.....