Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el asunto seguido al ciudadano OMAR FRANCISCO NAVARRO MARVAL, venezolano, mayor de edad, nacido el día 29-10-79, de 25 años de edad, soltero, carpintero, titular de la cédula de identidad No. 15.113.813, domiciliado en la ciudad de Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, hijo de Omar Navarro y de María Marval de Navarro, por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 460 y 418 del Código Penal vigente, en perjuicio de los ciudadanos JESÚS DEL VALLE RODRÍGUEZ y MARITZA JOSEFINA NAVARRO DE RODRÍGUEZ, POR HABERSE EXTINGUIDO LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, ordinal 1° en concordancia con el artículo 318 or.....