Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado VÍCTOR JOSÉ ARCÍA, titular de la cédula de identidad n° V-8.645.784, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 16/12/1964, de profesión u oficio Ayudante de albañilería, domiciliado en Urbanización Brasil, sector III, vereda 16, casa n° 8 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, actualmente recluido en el Internado Judicial de Cumaná, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL por el resto de pena que le falta por cumplir, es decir, por SIETE (07) AÑOS, CUATRO (04) MESES y VEINTITRES (23) DÍAS. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas.
Se fija audiencia para el día de mañana, 09/01/2007 a las 11:00 de la mañana en la sede del Circuito Judicial Penal, para la imposición, aceptación de las condiciones y a los .....