este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al desistimiento del procedimiento realizado por la parte demandante en el juicio de NULIDAD DE VENTA seguido por la ciudadana MARIA ELENA BLONDELL, titular de la cédula de identidad No V-8.645.454, representada judicialmente por los abogados en ejercicio JOAQUIN ANTONIO MARQUEZ MUÑOZ y JORGE JUAN BADARECCO ORTIZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Ns° 68.605 y 39.780, respectivamente, contra el ciudadano MANUEL ARCANJO DE JESUS BARRETO, titular de la cédula de identidad N° 14.885.046, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.