En virtud de las circunstancias antes descritas, este Juzgado Mixto de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Por decisión Unánime, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los acusados: omissis, por la presunta comisión de los Delitos de Robo Agravado en grado de Frustración, Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas y Ocultamiento de Arma de Fuego y Municiones, en perjuicio de Douglas José Colón y La Colectividad; de conformidad con lo dispuesto en el literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente. Remítase al Juzgado de Ejecución de ésta sección penal de adolescentes en su debida oportunidad. Dada, firmada y sellada por el Juzgado Mixto de Juicio de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. En el día de .....