Este Tribunal Sexto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitió su pronunciamiento así: Oída la exposición del Representante del Ministerio Público, y la defensa, estima pertinente este Despacho emitir un pronunciamiento previo en relación a la nulidad plateada: Visto el pedimento de la defensa y oída la argumentación que en torno a ello ha esgrimido el Ministerio Público, en revisión a las actuaciones y de lo alegado en esta audiencia, observa este Tribunal que se evidencia que la presente causa se inicia en fecha 14/01/2004, con denuncia interpuesta por la victima ciudadano Juan de Jesús Díaz, ante ello en criterio de quien decide, considera que ciertamente es oportuno y valido el argumento esgrimido por la defensa en esta sala, toda vez que conforme a todo lo antes narrado, se han violado derechos y garantías constitucionales que le asisten al imputado de autos y que se subsumen dentro de los supue.....