Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra Eglis García Farías Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° 9.459.035 y residenciada en calle principal, casa N° 1, Sector Eudoro González, Playa grande, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y Desiree García Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° 17.779.711 y residenciada en calle principal, casa N° 1, Sector Eudoro González, Playa grande, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales menos graves previsto en el artículo 415 del código penal, en perjuicio de Argelia del Valle García Díaz, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Líbrense las notificaciones respect.....