Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano DOUGLAS DEL VALLE YENDEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.741.310, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Calle San Miguel, detrás del Cementerio Principal, casa S/N, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales del Tipo Legal Básico, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos Carlos José Yendez Pastor y Wilmer Avilio García Olivier; consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de seis meses.
Todo de conformidad con lo establecido en el.....