DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de LUIS ANTONIO ZAMURÁN GARCÍA, quien es venezolano, natural de Güiria Estado Sucre, de 21 años de edad, nacido en fecha 15/05/1985, soltero, sin oficio, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.695.407 y con domicilio en la Calle Ribas del Barrio Bicentenario, Güiria Estado Sucre, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de ESTEBAN NICOLÁS BADANO y LETICIA INCÉS SCHIAPPACASSE, por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existen bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 4° y 323 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.