ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002492
ASUNTO : RP01-P-2006-002492
Visto el oficio 1004-07 emanado de la Fiscalía de Ejecución de Sentencias, en el cual señalan error en el cálculo del cumplimiento de la pena del ciudadano MANUEL SEGUNDO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.762.611, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, y observado que efectivamente existe un error de cálculo en el mismo, pero por tratarse solo en le fecha de culminación de la pena, la cual no es de ninguna manera definitiva, en virtud de que aún resta tiempo para la procedencia de las Fórmulas Alternativas al cumplimiento de pena y el Confinamiento, para que proceda la culminación de la pena, y los mismos incidirían en al fecha definitiva, se acuerda tomar en cuenta la solicitud Fiscal para un futuro y eventual cómputo de pena.