este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: CARMEN ZORAIDA CANACHE DE DIAZ, venezolana, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad N° no sabe, casada, de ocupación comerciante, nacida el 10-05-1952, residenciada en Boca de sabana, calle principal, San José, casa sin número, de esta ciudad, Estado Sucre; actualmente recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre, por el lapso de DOS (2) AÑOS Y DOS (2) DÍAS quien fue condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena.....