Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de hecho interpuesto por la abogada María González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 37.412, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FRANK UGAS, titular de la cédula de identidad número: 6.809.569, contra el auto de fecha 27 de septiembre de 2004, dictado por la Jueza de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial.