Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 33.415, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; en contra del auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha Veintitrés (23) de Abril de 2.007
En consecuencia se NIEGA lo solicitado por el abogado JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO, mediante diligencia de fecha Dieciséis (16) de Abril de 2.007, donde pide se fije nueva oportunidad para la practica de la inspección judicial por él promovida.
Queda de esta manera CONFIRMADO el auto apelado