DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano BRAULIO JESUS MANUEL FERNANDEZ BARRETO, venezolano, natural de Irapa, Estado Sucre, de 19 años de edad, nacido en fecha 03/11/1994, titular de la Cedula de Identidad, V-24.716.235, soltero, estudiante, hijo de los ciudadanos Braulio Fernández y Daiselys Barreto, residenciado Calle principal, casa sin numero, cerca de la Bomba, Irapa Municipio Mariño del Estado Sucre, por la presunta comisión delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 Del Código Penal, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO; por cuanto de las actuaciones se evidencian que esta comprobado que el motivo de la solicitud fiscal y esta ajustada a derecho, por la insuficiencia de elementos de convicción contra del imputado; de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.