Por todos los razonamientos de hecho y derecho, precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA: Ampliar el plazo de prueba, por un (1) año mas al Ciudadano Jesús Ramón Osuna España; Venezolano mayor de edad, Cédula de Identidad: 5.884.396, de oficio Chofer, Soltero, de 45 años de edad, nacido en fecha 02-10-60, hijo de Juan de la Cruz Osuna (fallecido) y Romelia Cristina España, residenciado en El lirio casa N° 183, Calle 3, cerca de la Cancha, Municipio Bermúdez. Carúpano. Consistente en un Régimen de Presentación por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada tres (3) meses por el lapso de un (1) año. Librese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo sobre lo decidido. Se acuerdan las copias simples. Quedan notificados los presentes y asimismo notifíquese a la vi.....