Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por el ciudadano VICTOR MANUEL PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-80.399.642, en contra de la entidad de trabajo CANTERA Y ASOCIADOS EL CHIQUITICO C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada cancelar la suma de SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS CON CERO CÉNTIMOS (6.982,00 $) EQUIVALENTE A BS. 255.261,92, por los conceptos de Prestaciones por antigüedad, Indemnización por despido, Vacaciones y Bono Vacacional, Utilidades y Horas Extras para el demandante. Y ASÍ QUEDA.
TERCERO: De conformidad con el artículo 59 de la ley orgánica Procesal del Trabajo Se condena en costas, .....