este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Adoni José Villalba Rodríguez, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 28.161.770, nacido en fecha 19-12-1993, de 23 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Yusmar Villalba y Danny Rodríguez, de profesión u oficio pescador, y domiciliado en el Sector La Salina, Calle Principal, Casa S/N (rancho), cerca del pool, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad, en virt.....