Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio, introducida por JOSE JESUS ALVIZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. 10.222.907, domiciliado en San Martìn, cerca del Estadiun, calle la Quebrada, casa Nº 20, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Asistido por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, contra ISABEL MARIA GONZALEZ VALDERRAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.290.869, San Martìn, callejón 22 de Agosto, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a favor de sus hijos. de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-