Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal, actuando en nombre de la república y por autoridad de la Ley, resuelve: Se revoca la medida cautelar de DETENCIÓN DOMICILIARIA CON APOSTAMIENTO POLICIAL, decretada a favor del acusado LUIS ALBERTO ROMERO FIGUEROA, en fecha 9 de marzo de 2005, por el Tribunal Tercero de Control y en consecuencia se ordena la aprehensión del acusado mencionado, a los fines que sea recluido en calidad detenido en la Comandancia General de Policía del Estado Sucre a la orden de este Tribunal.