En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JESÚS RAFAEL BASTARDO VARGAS, venezolano, natural de Jurupu, Municipio Benítez del Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido en fecha 01-04-1.978, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.044.257, de profesión u oficio: Albañil, hijo de Alberto Bastardo y Argelia Vargas y residenciado en: Guanaco, calle principal, cerca tanque de petróleo, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de VIRGINIA DEL VALLE GARCIA GARCIA, quien en es venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de ident.....